ASUNTOS JUDICIALES III: Se descubrió el pastel

CON 7 MESES DE RETRASO EL AYUNTAMIENTO ENTREGA EL EXPEDIENTE CBEP AL JUZGADO

 Estimados vecinos y propietarios,

    El Ayuntamiento ha demorado 7 MESES la entrega del expediente CBEP a la AVP requerido por el Juzgado nº 27 dentro del proceso del Recurso Contencioso Administrativo que interpusimos por silencio administrativo y haberse superado todos los plazos procedimentales para la aprobación del CBEP.

  Comprobamos que el expediente está incompleto, aunque contiene algunos de los documentos negados a la AVP desde 2020. Los de la Comunidad de Madrid son TODOS DESFAVORABLES a la aprobación del CBEP, con condiciones y subsanaciones difícilmente alcanzables para nuestro Ayuntamiento. Esos informes preceptivos que llevamos esperando casi 3 años, no apoyan para nada lo que se nos ha estado contando.

   Los informes preceptivos de la CAM nos dejan las siguientes consideraciones:

  • Todas las Consejerías informan “desfavorablemente” contra el CBEP, lo que deja inválido el CBEP. Estos son informes públicos que están en el Boletín Oficial (BOCM) y pueden pedirse en el Ayuntamiento.
  • El primer informe data de junio del 2020, fecha en que ya se sabe que hay que rehacerlo desde CERO. Años perdidos.
  • Que estos informes deberían haberse hecho públicos por el Ayuntamiento para que los vecinos supieran que la Comunidad de Madrid había informado desfavorablemente del CBEP y no entraba en vigor. La desinformación ha traído pérdida de oportunidades y lo peor: nos ha dividido.

Los informes reflejan y exigen la mayoría de los cambios pedidos por la AVP:

  • Que se cumpla la ley de Patrimonio, ello implica la retirada de la mayoría de bienes del CBEP al estar fuera de los criterios de la ley, como denunció AVP.
  • Que se incorporen los bienes del Catálogo Geográfico (Ahora 27), los existentes en las NNSS96 y otros que se consideren. Unos 80 en total, no 248.
  • No aparece el escrito fantasma con 190 bienes que la CAM “obligó a Alcalde y ex Alcalde a meter en CBEP”, según dicen. Si es cierto que existe este papel que lo muestren, por favor. La AVP lo pidió en 2020.
  • Que los bienes incluidos en la publicación Arquitectura y Desarrollo Urbano tienen carácter divulgativo, por tanto no sujeto a aplicación en CBEP. Así lo advirtió la AVP en 2020 cuando se nos aseguró que la publicación era preceptiva.
  • Los Yacimientos Arqueológicos deberán contar, para su aprobación, con un expediente y estudios de campo y técnicos que lo justifiquen, como dijo AVP en 2020. Queda limitada la intervención arqueológica y permisos a solo si las obras afectan al Yacimiento (en caso de probarse que lo es).
  • El grado de protección A0 no estaba incluido en la instrucción, está mal usado, y desaparece, como pedimos. No lo conceden, lo hemos logrado anular con la ley en la mano.
  • Se deberá garantizar que la protección sea compatible con su adecuación a los usos actuales, es decir obras de adecuación a viviendas. Esencial cambio que pide AVP desde 2020.
  • En noviembre de 2021 los correctores del CBEP pidieron expresamente copia del CBEP elaborado por AVP y de lo que hablamos y acordamos en reunión con la Dirección General de Patrimonio, ¡por algo será!. Pero el alcalde dio un portazo cuando pedimos su compromiso. Entonces no sabíamos lo que ahora sabemos.
  • Que el CBEP se basó e inició como una Modificación puntual de las Normas urbanísticas del 96 (NNSS96)y, recordemos, entonces no estaban en vigor.
  • Con todo lo anterior, los cambios y errores abundantes, la base de inicio inadecuada, el procedimiento incompleto y demás se suman cambios de calado o sustanciales que obligan a iniciar un nuevo CBEP desde cero, como exige la ley, pero no como nos cuenta el alcalde que nos llevaría otra vez a la invalidación y más años perdidos.

Otros datos de fondo para el asunto urbanístico:

  • En 2019 quedó confirmado por el Secretario y firmó el Alcalde que las NNSS96 no estaban publicadas íntegramente, es decir no en vigor (Art. 70.2 de ley BRL) y a pesar de ello iniciaron el CBEP y lo aprobaron en noviembre de 2019 como Modificación puntual de unas NNSS96 no en vigor, por tanto nulo y pendiente de sentencia.
  • El 6 de febrero de 2020, un día antes del Pleno extraordinario donde no se quiso votar para anular el CBEP, el Secretario/interventor emitió informe donde pedía “la revocación del acuerdo de revisión, la retirada del mismo de la información pública y la preparación de un nuevo documento”, lo que no se cumplió aun siendo informe vinculante.
  • En dic-2019 la Consejería de Medio Ambiente y Vivienda requirió al Ayuntamiento información adicional para completar su informe vinculante sobre el CBEP. El plazo se pasó por desistido el  Ayuntamiento, que lo retomó UN AÑO después. Los plazos se dilatan por el ayuntamiento y el daño por el CBEP también.

    Os informamos también que, de manera paralela a las declaraciones del Alcalde de prevalencia del CBEP, el Ayuntamiento está concediendo licencias para actuaciones en bienes que figuraban en el CBEP de 2019. Estas licencias se han logrado por la intervención de los asesores en Madrid de la AVP en los procesos donde se intentaba aplicar a algunos propietarios el CBEP de 2019 en vez de la normativa de 2022 (En vigor pero sub judice o a la espera de sentencia). Por tanto los propietarios en esta situación pueden solicitar licencias y en su caso consultar con la AVP en info@vecinosypropietarios.org para avanzar en sus proyectos.

    Del resto de Recursos Contencioso Administrativos os iremos informando puntualmente conforme nos vaya llegando la información.

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